MegaCatálogo Bibliográfico
Centro de Documentación. FCEyS. UNMdP

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Registro 1 de 33
Autor: Montuschi, Luisa - 
Título: La pobreza y el progreso social: el caso de la Argentina
Fuente: Documentos de Trabajo UCEMA, n.576. Universidad del CEMA
Páginas: 34 p.
Año: nov. 2015
Resumen: Cuando se habla de progreso social se apunta al hecho de que se hace referencia a un proceso por el cual la sociedad, los individuos o ambos están sujetos a cambios que se consideran positivos. Y, en consecuencia, este concepto lleva siempre implícito juicios de valor. Una cuestión que no aparece claramente explicitada en los estudios referidos al progreso social es la de la pobreza. Y la pobreza constituye un problema de extrema seriedad en cualquier sociedad, que la limita y que obstaculiza el sendero hacia el progreso social. Mucho se ha dicho respecto de la pobreza pero el punto esencial e ineludible es que la verdadera solución del problema consiste en remover los factores que la sostienen a lo largo del tiempo. Y esta sería la única forma posible que podría ayudar a un país a emprender la senda hacia el progreso social. Y aparece por demás claro que el PIB no puede constituir una medida razonable y aceptable de los niveles de pobreza de un país.
Palabras clave: POBREZA | BIENESTAR SOCIAL | ANALISIS SOCIAL | ALIVIO DE LA POBREZA | INDICADORES SOCIALES | INVESTIGACION SOCIAL | DESARROLLO SOCIAL | ANALISIS COMPARATIVO | POLITICA SOCIAL |
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Registro 2 de 33
Autor: Dunn, John
Título: ¿Es posible aún que la democracia permita gobernar bien?
Fuente: Reforma y Democracia : Revista del CLAD, n.58. Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD
Páginas: pp. 5-28
Año: feb. 2014
Resumen: La democracia es la única candidata sobreviviente global para hacer un buen gobierno. El descrédito acumulado de sus rivales la ha dejado como una potencia ilusoria y con una formidable capacidad para confundir y debilitar el juicio político. El buen gobierno de una agrupación de seres humanos requiere ejercer un eficaz control sobre ellos para lograr una serie de bienes efectivamente compartidos. Esta es una fórmula atractiva pero altamente insostenible como concatenación de ideas: muy difícil de reconocer, pese a los esfuerzos de John Rawls, en los contornos de cualquier sociedad de clases. Dentro de las estructuras de la actual economía mundial, se ve menos inadvertidamente mítico que deliberadamente mistificador. La concepción y la representación que de sí misma hace la democracia electoral representativa contemporánea son entendidas como una versión de lo que la democracia aún podría significar en el mundo de hoy. Nunca ha sido una forma totalmente convincente para ver qué está pasando, pero en las últimas cuatro décadas su inverosimilitud se ha vuelto drásticamente más conspicua. Ese cambio, en manifiesta flagrancia, ha tenido un efecto natural, obvio y casi universal en los juicios y sentimientos de los ciudadanos a los que pretende representar y se esfuerza por dirigir. Ha debilitado su eficacia política implacablemente mientras que las demandas que la historia coloca sobre ella han aumentado inexorablemente. Su vigente poder para desautorizar regímenes que claramente han fracasado le da muy poca capacidad para legitimar la mayor parte de las decisiones de vida o distributivas de cualquier sociedad. Debemos afrontar lo que esto significa.
Palabras clave: DEMOCRACIA | GOBIERNO | GESTION PUBLICA | SOCIEDAD |
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Registro 3 de 33
Autor: Kupelian, Romina - Rivas, María Sol - 
Título: Fondos Buitre. El juicio contra Argentina y la dificultad que presentan en la economía mundial
Fuente: Documento de Trabajo CEFID-AR, n.49. Centro de Economía y Finanzas para el Desarrollo de la Argentina, CEFID-AR
Páginas: 111 p.
Año: sept. 2013
Resumen: Luego de la fuerte caída de la economía argentina en 2001 que concluyó con la declaración de cesación de pagos de su deuda externa en diciembre de ese año, el gobierno como parte del proceso de recuperación de su economía ofreció en el 2005 una apertura de canje de su deuda en default buscando normalizar su situación. La reestructuración resultó exitosa, por un lado, por la quita de capital y la ampliación de los plazos que se acordaron, por otro, por el grado de adhesión que se obtuvo, que luego se amplió en el año 2010 al reabrirse el canje logrando la participación de más del 91 por ciento del total de acreedores elegibles. El 9 por ciento restante que no ingresó a la negociación, son bonos que se encuentran en manos de inversionistas particulares, holdouts y fondos buitre que esperaron la restructuración para rechazarla e iniciar acciones judiciales en reclamo del pago completo de esos títulos. Así es justamente como operan los fondos buitre, que son fondos de capital de alto riesgo que compran deliberadamente títulos de deuda de economías débiles o a punto de colapsar a precios muy bajos para luego reclamar por la vía judicial el valor total de esos bonos más los intereses devengados. Cabe aclarar, que no son lo mismo que los holdouts, quienes simplemente son tenedores de deuda que por distintas razones no aceptan las reestructuraciones sin especular con acciones legales
Contenido: * 1. Los fondos buitre, aspectos generales
* 2. Aspectos legales del fenómeno; los juicios más emblemáticos
* 2.1. Las excepciones a la inmunidad de jurisdicción de La Foreign Sovereign Immunities Act y el caso Weltover Inc. contra La República Argentina
* 2.2. La doctrina Champerty y el caso Elliott Associates Inc. contra La República del Perú
* 2.3. La cláusula contractual de pari passu y el caso NML Capital ACP LLC II LLC contra La República Argentina
* 3. Las consecuencias económicas de un fallo a favor de los fondos buitre
* 3.1 ¿Por qué Argentina entró en cesación de pagos a fines de 2001?
* 3.2 El desenlace
* 3.3 Pos-default
* 4. Síntesis y conclusiones
Palabras clave: DEUDA PUBLICA | CANJE DE DEUDA | DEFAULT | RIESGOS | FONDOS BUITRES |
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Registro 4 de 33
Autor: Suárez, Stella Maris - 
Título: Postura del personal civil de la Base Naval Mar del Plata en el año 2011 ante el futuro cambio de normativa vigente
Institución: Universidad Nacional de Mar del Plata. Facultad de Ciencias Económicas y Sociales
Grado académico: Especialista en Relaciones Laborales
Ciudad y Editorial: Mar del Plata : s.n
Páginas: 35 p.
Año: jun. 2013
Texto completo: Texto Completo
Resumen: En el marco de la Reforma del Estado Argentino planteado en la década del ’90, al margen de las continuas modificaciones en la legislación laboral, el rol de las Fuerzas Armadas y su personal en cuanto a la Defensa Nacional no estuvieron al margen de dicha reforma. Con respecto a la Defensa Nacional se adoptó un rol puramente defensivo eliminando las hipótesis de conflicto como tales. Se prioriza el empleo de las Fuerzas Armadas en misiones de la O. N. U. como tropas de mantenimiento de la paz. Continúa la curva descendente con respecto a la inversión en mantenimiento y renovación del material bélico, estructuras edilicias, medios de combate, etc., en las tres fuerzas. Muchas responsabilidades técnicas y operativas inherentes a la defensa se han transferido a otras áreas fuera del ámbito de las FF. AA., responsabilidades que pasaron a la órbita del Ministerio de Defensa. En referencia a la estructura orgánica, éstas permanecen prácticamente iguales tomando mayor protagonismo la conjuntez y por ende, el Estado Mayor Conjunto tomando fuerza un vocabulario común, tal es así que dentro de las distintas organizaciones se adoptó una orgánica similar para las tres fuerzas. En cuanto al personal militar, por decisión política se eliminó el Servicio Militar Obligatorio adoptándose el sistema de voluntarismo; ha tenido preponderancia el rol participativo de la mujer uniformada en las tres fuerzas, se efectivizaron los juicios a los integrantes de la Junta Militar; se eliminó el Código de Justicia Militar y fue sustituido por el nuevo Código de Disciplina de Las Fuerzas Armadas que trata puramente sobre los temas de disciplina militar. Por otro lado, la década del ï90 se caracterizó entre otras cosas por ser la del inicio de los juicios por parte del personal militar (tanto en servicio como retirados) contra el Estado Nacional por la regularización de los haberes. Así como se implementó como Política de Estado el nuevo perfil del personal dentro de la Institución, también lo es y por iniciativa de las organizaciones sindicales la apertura de una nueva carrera administrativa para los agentes civiles. Ha sido relevante la activa participación sindical (A. T. E., P. E. C. I. F. A. y U. P. C. N.) en el logro de la inclusión al C. C. T. para los trabajadores del Estado por parte del personal civil de las Fuerzas Armadas para luego consensuar el propio Convenio Sectorial. Tomando en cuenta el Decreto 1106/05 se consiguió que el personal civil fuera considerado con los mismos derechos y deberes que el resto de los hombres y mujeres que trabajan en el Estado. Producto de las negociaciones paritarias, el C. C. T. sectorial será el instrumento perfectible que soporte los cambios necesarios para la mejora de las condiciones laborales en todos sus aspectos. Para lograr un buen convenio colectivo sectorial se necesita de la participación y el compromiso de los trabajadores, directamente o a través de sus representantes; prepararse hacia el futuro que se aproxima significa asimilar información estratégica para hacer frente a la nueva forma de relaciones laborales. Muchos años han transcurrido en que las discusiones estatutarias creadas unilateralmente fueron vividas y asumidas naturalmente por parte del personal civil; aprender a discutir de igual a igual con los representantes del Estado empleador (Defensa, Interior, Trabajo, Economía y Jefatura de Gabinete) es todo un desafío que genera tensiones, entusiasmo, indignación, temor, esperanza,...; no es una tarea fácil introducir el cambio de tal magnitud sin una preparación previa del personal. Hay que recordar que la cultura institucional está arraigada en valores jerárquicos; existe poca apertura a los espacios participativos y falta de experiencia activa en la toma de decisiones.
Palabras clave: PERSONAL CIVIL | FUERZAS ARMADAS | CONDICIONES DE TRABAJO | CONVENIOS COLECTIVOS |
Solicitar por: RELAB 00005 00005 EJ.2 00005 EJ.3
Registro 5 de 33
Autor: Carrillo Flórez, Fernando - Varela S., David Fernando
Título: Hacia un Sistema Integrado de Defensa Jurídica Estatal: situación y perspectivas de una política pública en Colombia
Fuente: Reforma y Democracia : Revista del CLAD, n.56. Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD
Páginas: pp. 123-176
Año: jun. 2013
Resumen: La litigiosidad desbordada contra el Estado, las limitaciones para la defensa de sus intereses en litigio y su fracaso reiterado en procesos judiciales no solo ha obligado a las entidades públicas en Colombia a asignar recursos cuantiosos para el pago de sentencias y conciliaciones, en detrimento de recursos para inversión social, sino que las ha distraído del cumplimiento de su mandato misional al servicio de los ciudadanos. A medida que aumenta el volumen de las reclamaciones y su costo fiscal, las entidades públicas se sensibilizan sobre los altos riesgos asociados a cualquier proceder que no se ajuste rigurosamente a los parámetros de responsabilidad estatal establecidos en la Constitución de 1991. La incipiente evidencia empírica demuestra además que el problema se agrava por las debilidades en el manejo de los casos de responsabilidad del Estado por parte de sus abogados, ya fuera debido a la falta de participación en el debate probatorio dentro del proceso, por la ausencia generalizada de alegatos de conclusión, y hasta de recursos de apelación frente a decisiones adoptadas en contra del Estado, o por la falta de sustentación adecuada de las apelaciones. En muchos casos, los abogados las interponen como formalidad para evitar posibles investigaciones disciplinarias, pero no impulsan el recurso con las herramientas adecuadas para asegurar un resultado exitoso. Con base en experiencias internacionales y esfuerzos locales de más de 10 años, Colombia ha comenzado a desarrollar una política pública de defensa jurídica con la creación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), conforme a un modelo híbrido entre las alternativas de concentración y desconcentración de la función, que resulta acorde a la realidad de un Estado unitario, pero descentralizado por servicios y territorialmente. Sin embargo, la agenda pendiente es inmensa, pues la Agencia todavía debe integrar un sistema coherente de defensa jurídica del Estado en Colombia que permita a las entidades convertirse en litigantes proactivos, además de prevenir y mitigar el daño antijurídico producido por la actividad estatal.
Palabras clave: ADMINISTRACION PUBLICA | JUICIOS | ESTADO | PROTECCION | CONTROL | REFORMAS | POLITICA PUBLICA |
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