Por CPN/LA Estela Martínez
Cualquier copropietario tiene el legitimo derecho de conocer el destino que le dio el Administrador a los fondos recibidos y además, participar directamente por medio de Asambleas en las decisiones que involucran erogaciones importantes.
Como Contadores y Licenciados en Administración, habitualmente manejamos fondos de terceros, en distintos tipos de entes con y sin fines de lucro y es especialmente en estos últimos donde se aplican sistemas de control más rigurosos y se confeccionan informes regularmente.
Principios como eficacia, eficiencia y economía, guían todas nuestras acciones y decisiones. Administrar es simplemente lo que hacemos; es nuestra incumbencia profesional.
Por ello, no cabemos en nuestro asombro cuando nos enteramos por los medios que algún consorcio fue estafado por alguna administración en sumas considerables.
Son pocos y sencillos los controles que se pueden implementar en un Consorcio para prevenir cualquier manejo indebido de los fondos, pero aun si no se aplican siempre se puede recurrir a la AUDITORIA ANUAL.
La Auditoria y en términos muy generales es una tarea donde el Contador a partir de aplicar procedimientos puede decirnos si aquello que el Administrador esta informando en la Rendición Anual de cuentas, refleja razonablemente la realidad.
Consideramos que al propietario le interesa saber de una AUDITORIA lo siguiente:
¿Cuando se practica la Auditoria?
Antes de la aprobación de la Rendición de Cuentas, por lo tanto siempre que tengamos dudas sobre una determinada gestión, antes de aprobar las cuentas y en la misma Asamblea en la que se le da tratamiento debemos solicitarla.
¿Quien puede realizarla?
Cualquier Contador aunque se recomienda alguien ajeno a la Administración y preferentemente designado por el Consejo de Propietarios o la Asamblea.
¿Cuanto cuesta?
El costo de una AUDITORIA anual es muy bajo, no llega a los $ 10 mensuales por unidad funcional.
¿Cuales son los resultados?
Sumamente valiosos, dado que se pueden corregir errores como por ejemplo: duplicaciones de gastos, pasivos informados como gastos, traslapo, etc.
¿Quienes se benefician?
El administrador dado que transparenta y jerarquiza su gestión y los propietarios que obtienen la tranquilidad de que sus fondos están siendo administrados adecuadamente.
En muchos entes donde la información contable es de suma importancia para distintos grupos de interés la AUDITORIA es obligatoria, y en nuestra opinión en un Consorcio por sus características particulares es simplemente NECESARIA al igual que lo es un SERVICIO PROFESIONAL.
La profesionalización de la Administración de Consorcios asegura una mejor calidad de gestión y es por ello que la UNMDP, a través de Escuela de Posgrado y Educación Profesional Continua de la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales, ofrece a todos aquellos graduados interesados en formarse en este tema a participar del Curso de Posgrado en Administración de Consorcios que inicia el 16 de Agosto del 2011 con una duración de 16 clases a dictarse los días Martes de 18 a 21hs.
Informes e inscripción en: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o al 4749696 int. 315/316.
CPN/LA Estela R. Martínez