Por primera vez, nuestra Facultad, en la persona de su decana, la CP Esther Castro, asume la Vicepresidencia del Comité Ejecutivo del Consejo de Decanas y Decanos de Ciencias Económicas de Universidades Nacionales (CODECE) por los próximos dos años, fortaleciendo la presencia institucional de la FCEyS en los espacios nacionales donde se define la agenda de formación, acreditación y mejora continua.

La designación se realizó en el Segundo Plenario del CODECE, llevado a cabo los días 27 y 28 de noviembre en la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA, en CABA.

Se realza especialmente la importancia de la Comisión de Enseñanza, presidida por la Decana Esther Castro durante los últimos dos años, por su contribución a procesos de alto impacto sistémico para las Ciencias Económicas. En este período se consolidó el trabajo técnico-político vinculado a la revisión de estándares de acreditación de segunda generación de la carrera de Contador Público, sustentado en un diagnóstico de cambio de época: superación de un modelo pedagógico centrado en la clase magistral, incorporación de entornos flexibles y reconocimiento del impacto de la inteligencia artificial generativa en el acceso al conocimiento, con un viraje hacia un paradigma centrado en el estudiante y orientado a capacidades profesionales.

Asimismo, se destaca la articulación de los estándares con el Sistema Argentino de Créditos Académicos Universitarios (SACAU) como herramienta de modernización, y la compatibilidad técnica entre una carga mínima de 2.600 horas de interacción pedagógica y un esquema de 240 Créditos de Referencia del Estudiante (CRE), preservando la autonomía institucional.

Finalmente, corresponde informar que el CO.DE.CE. remitió formalmente al Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) una propuesta consensuada (1 de diciembre de 2025), explicitando lineamientos tales como: contenidos básicos organizados por situaciones problemáticas, 2.600 horas/240 CRE y prácticas progresivas asociadas a actividades reservadas, entre otros aspectos centrales para carreras comprendidas en el art. 43 de la LES.

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