El pasado 17 de octubre visitó la Facultad de Ciencias Económicas y Sociales el Dr. Carlos Alberto Slosse, uno de los especialistas de mayor renombre en Auditoría en el país. El motivo de la visita, fue brindar una conferencia destinada a estudiantes, docentes y graduados acerca de la “Situación actual y futura de la auditoría externa” a la luz de la normativa vigente para la prestación de este servicio en nuestro país.
El Dr. Slosse se refirió a las particularidades que implica la vigencia de dos juegos de normas de auditoría; las Resoluciones Técnicas 32, 33, 34 y 35 emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas (FACPCE), mediante las que se adoptan las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), vigentes desde el año 2013 para todas las empresas que están bajo régimen de oferta pública, y la Resolución Técnica N° 37 (FACPCE), aplicable para el resto de las empresas, que entró en vigencia con algunas limitaciones para la provincia de Buenos Aires a partir del 1° de septiembre de 2014, reemplazando la Resolución Técnica N° 7 que databa del año 1985.
Una de las particularidades destacadas en la conferencia, es que la diferencia fundamental entre estos dos juegos de normas, radica en que por la Resolución Técnica N° 34 de la FACPCE “Adopción de las Normas Internacionales de Control de Calidad y Normas sobre Independencia”, los Estudios de Auditoría que prestan servicios a empresas que realizan oferta pública –no superan las 100 en Argentina- deben adoptar la normativa internacional al respecto, de muy dificultosa aplicación para el resto de los estudios profesionales, que prestan servicios a otra dimensión de empresas. En la provincia de Buenos Aires (similar al resto del país), más del 94 % de las empresas son PyMEs, con otra realidad cotidiana distinta –tanto para la empresa como para el profesional que las asiste- la mayoría de ellas obligadas a presentar Estados Contables con Informe de Auditoría, exigencia extraña para el resto del mundo.
Otra cuestión destacada fue que la Resolución Técnica N° 37, trata en forma explícita otros servicios profesionales distintos a una auditoría, de indudable utilidad y aplicación para las empresas y los profesionales, ya sea que proporcionen o no, garantías de seguridad para los terceros usuarios de la información que brindan, como por ejemplo: encargos de aseguramiento en general, información contable prospectiva, controles de una organización de servicios, procedimientos acordados, compilaciones, entre otros. Estos servicios, era posible prestarlos vigente la Resolución Técnica N° 7, sólo aplicando una generalidad de la norma y recurriendo en lo específico a las NIA, limitación hoy ampliamente superado.
La conferencia resultó altamente esclarecedora de estas cuestiones, entre otras tratadas, siendo intención de esta institución ahondar en estos temas durante el próximo año.