La Carrera Docente está concebida como el proceso que un docente transita desde que ingresa a la Universidad en carácter de regular, hasta su retiro pasando por instancias de planificación y evaluación permanente, así como de formación.
El proceso busca lograr la superación permanente en la enseñanza, la investigación y la extensión universitaria.
ARTÍCULO 52 del Estatuto de nuestra Universidad, estable lo siguiente "la carrera docente, concebida como un sistema de preservación y mejoramiento del personal docente de la Universidad, que consiste en:
a) ingreso: en todos los casos será por concurso público y abierto de oposición, antecedentes, coloquio y propuestas de trabajo, cuya reglamentación estará a cargo del Consejo Superior. A tal efecto intervendrán Comisiones Asesoras integradas por cinco (5) miembros: tres (3) docentes, un (1) graduado y un (1) estudiante; quienes actuarán en igualdad respecto al valor de su voto y se expedirán sobre los postulantes.
b) permanencia, promoción y aumento de dedicación: la permanencia del docente en su cargo dependerá del resultado de las evaluaciones periódicas, las que serán reglamentadas por el Consejo Superior. La promoción de cualquier tipo, así como la asignación de aumentos de dedicación, sólo podrán realizarse a través de concursos públicos de oposición, antecedentes, coloquio y propuestas de trabajo, abiertos o circunscriptos. Estos últimos serán reglamentados por el Consejo Superior.
c) formación, perfeccionamiento, evaluación y control de gestión de la labor realizada: el Consejo Superior deberá reglamentar e instrumentar mecanismos que posibiliten la formación y perfeccionamiento del personal docente como así también la evaluación y control de gestión de la labor realizada."