Sí, contempla lo siguiente:
a) Flexibilizar la obligatoriedad de asistencia, de manera que se cumplan los objetivos pedagógicos y los cuidados, tanto a estudiantes embarazadas como a sus hijos, posibilitando que la estudiante no encuentre riesgo de perder su regularidad a causa del embarazo ni de lactancia.
b) Flexibilizar las opciones horarias de exámenes entre comisiones, dando garantía para que la estudiante pueda presentarse a rendir cualquiera de las instancias de comisiones de trabajos prácticos en el periodo de exámenes parciales o bien que los equipos docentes diseñen y propongan una alternativa a la modalidad de examen presencial, para que la estudiante no encuentre riesgo de perder ni su condición de aprobada ni su posibilidad de promoción.
c) Un tratamiento prioritario en el momento de presentarse a rendir en las distintas instancias de exámenes finales.
d) Previa presentación de un certificado de nacimiento en Secretaría Académica, se justificarán hasta 10 días hábiles de inasistencia a los estudiantes que hayan sido padres, a partir de la fecha de nacimiento.
e) Admitir, para el caso de estudiantes que sean madres o padres y se vean obligados a ausentarse a un parcial o no asistir a clase por la enfermedad de su hijo de hasta 12 años de edad, un certificado médico del niño que así lo compruebe como justificación de su inasistencia y para acceder a la instancia de parcial y recuperatorio, con causal en la ausencia por enfermedad.
Fuente: OCS 1324/2015